Ciudadano se ampara por bloqueo en redes del diputado Gabino Morales
Un ciudadano de San Luis Potosí promovió un amparo ante la justicia federal luego de que el diputado federal de Morena, Gabino Morales, lo bloqueara de su cuenta oficial de Facebook. La acción del legislador ha sido calificada como un acto de intolerancia y censura, ya que dicha cuenta se utiliza para difundir actividades legislativas y mensajes relacionados con su labor como servidor público. El ciudadano argumenta que esa decisión viola sus derechos de libertad de expresión y acceso a la información.
No es la primera vez que este tema llega a los tribunales. Desde 2019, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ya había establecido un criterio claro: los servidores públicos no pueden bloquear a usuarios de redes sociales cuando las cuentas se usan para compartir información relacionada con su actividad pública. El criterio, identificado con el registro digital 2020024, advierte que impedir el acceso a estos contenidos sin causa justificada vulnera directamente derechos constitucionales.
Ejemplos de algunos casos donde los servidores públicos tuvieron que desbloquear a usuarios de sus redes sociales.
Las redes sociales se han convertido en canales oficiales de comunicación entre autoridades y ciudadanía. Funcionan como foros públicos donde se informa, se rinde cuentas y se genera debate. Por eso, cuando un representante popular —como Gabino Morales— usa estas plataformas para su labor pública, pierde el privilegio de decidir arbitrariamente quién puede ver sus publicaciones. La Corte lo dejó claro: la máxima publicidad debe prevalecer, y la ciudadanía tiene derecho a enterarse, participar y cuestionar.
Este amparo no es un simple reclamo individual. Es una defensa del derecho colectivo a la información pública y al libre intercambio de ideas. Que un diputado bloquee a un ciudadano por criticar o disentir, no solo es un abuso de poder, sino un retroceso democrático. Las redes sociales, cuando son usadas con fines públicos, no son espacios privados: son extensiones del ejercicio gubernamental y, por tanto, deben estar abiertas a todos.
Esto resolvió la corte desde 2019 sobre el tema: